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Artículo 18 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre premios nacionales

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3434 · idParte: 7112908

Texto oficial

Art. 2° Transitorio Artículo 18°: Los Premios D.L.681/74. Nacionales de Literatura, Arte e 1° Transitorio D.L. Historia se concederán en los años 2.838/79. pares y los Premios Nacionales de Periodismo, Ciencia y Educación se concederán en los años impares.