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Artículo 40 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre el estatuto de capacitacion y empleo, contenidas en el decreto ley 1.446, de 1976

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3436 · idParte: 9031826

Texto oficial

c) Organización {Arts. 40-45} ARTICULO 40.- La dirección superior y la administración del Servicio Nacional corresponderá al Director Nacional del Servicio, quien tendrá las atribuciones y deberes señalados en este cuerpo legal y demás leyes y reglamentos que le sean aplicables. El Director Nacional tendrá la representación legal del Servicio y en el orden judicial, las facultades señaladas en ambos incisos del artículo 7° del Código de Procedimiento Civil.