Texto oficial
ARTICULO 43.- La Dirección Nacional contará además con
la siguiente estructura orgánica básica:
1.- Fiscalía.
2.- Departamento de Orientación y Capacitación.
3.- Departamento de Empleo.
4.- Departamento de Estudios.
5.- Departamento Administrativo y Secretaría General.
El Fiscal será funcionario de la exclusiva confianza del
Presidente de la República.