Texto oficial
Art. 24°: Cada Escuela, Departamento e Instituto,
estará dirigido por un Director, responsable ante el
Decano, de organizar la docencia y la investigación. Es el
representante de la unidad bajo su dirección en todas las
comunicaciones oficiales con el Decano y otros funcionarios
superiores de la Universidad y también en todas las
comunicaciones de la misma unidad con los estudiantes.
Durará tres años en el cargo y podrá ser vuelto a
designar. Una ordenanza establecerá las atribuciones del
Director.