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Artículo 19 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Dicta normas sobre responsabilidad administrativa funcionaria en relacion con inversion de fondos que establece la ley n° 18.785

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3447 / 7112957.

Texto oficial

Artículo 19°.- Los cargos deducidos deberán ser contestados por el o los inculpados dentro del plazo de cinco días, contado desde la fecha de su notificación. En casos calificados, el Fiscal podrá prorrogar hasta por tres días dicho plazo, siempre que la solicitud pertinente se formule antes de su vencimiento.