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Artículo 20 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Dicta normas sobre responsabilidad administrativa funcionaria en relacion con inversion de fondos que establece la ley n° 18.785

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3447 / 7112958.

Texto oficial

Artículo 20°.- La contestación de cargos se efectuará por escrito, clara y fundadamente, y contendrá todas las consideraciones de hecho y de derecho que el inculpado crea procedente alegar en su favor, debiendo acompañarse los documentos probatorios que aquel estime necesario. El inculpado podrá presentar una o más peticiones, con tal de que no sean incompatibles entre sí; y si lo fueren, las formulará para que se resuelvan una como subsidiaria de la otra.