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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica organizacion del ministerio secretaria general de gobierno

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3456 · idParte: 5857701

Texto oficial

Artículo 5°.- Corresponderá especialmente a la División de Administración y Finanzas. a) Ejecutar la función de apoyo administrativo a las divisiones reparticiones del ministerio. b) Realizar la programación y el control presupuestario del Ministerio Secretaría General de Gobierno. c) Practicar la coordinación administrativa de las Secretarías Regionales Ministeriales. d) Gestionar de acuerdo a la normativa vigente, las adquisiciones del ministerio. e) Ejercer la administración del personal y controlar el cumplimiento de las disposiciones legales atinentes a la carrera funcionaria.