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Artículo 9 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Determina la organizacion interna de sernam y fija funciones y atribuciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3458 / 5857743.

Texto oficial

Artículo 9°: Corresponderá al Departamento de Cooperación y Relaciones Internacionales colaborar con la Dirección Nacional en: a) Las funciones de extensión del Servicio a nivel gubernamental o privado con entidades extranjeras; b) La gestión y seguimiento de todas las acciones de cooperación internacionales, tanto de carácter financiero como técnico, ya sea en forma directa con las contrapartes internacionales o con los organismos de gobierno que actúan en el tema de la Cooperación Internacional; y c) Coordinarse con las demás entidades de la administración del Estado que desarrollen actividades similares o atingentes a este Departamento.