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Artículo 15 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica del consejo de defensa del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3469 · idParte: 8026015

Texto oficial

Art. 15°.- El Consejo estará facultado para resolver, Ley 19.202/93, mediante normas generales o especiales, que ciertos informes Art.1°, N°1, sean expedidos sólo bajo la firma de su Presidente y del letra E): abogado del servicio encargado de su redacción, atendiendo agrega inc. 2 a a su contenido e importancia. N°7, Art. 1°.