Saltar al contenido

Artículo 8 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley orgánica del consejo de defensa del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3469 · idParte: 8026085

Texto oficial

Art. 8°.- El gasto que irrogue la aplicación de la ley N° 18.232, se financiará, durante 1983, con cargo a Ley N° 18.232/ reasignaciones de recursos, dentro del presupuesto del 83, Art. Ministerio de Justicia. Transitorio.