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Artículo 188 del Código del Trabajo

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3471 · idParte: 9073763

Texto oficial

Artículo 188.- Los trabajos de carga y descarga, L. 18.620 reparaciones y conservación de naves y demás faenas que se ART. PRIMERO practiquen en los puertos, diques, desembarcaderos, muelles Art. 174 y espigones de atraque, y que se consulten en los reglamentos de este título, se supervigilarán por la autoridad marítima.