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Artículo 393 del Código del Trabajo

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3471 / 9073968.

Texto oficial

Artículo 393.- Si la gravedad de las circunstancias lo L. 19.069 requiere, el tribunal podrá, en el caso de la reclamación Art. 169 a que se refiere el artículo 380, disponer provisoriamente como medida precautoria el establecimiento de un equipo de emergencia.