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Artículo 421 del Código del Trabajo

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3471 / 9073996.

Texto oficial

Artículo 421.- En las comunas que no sean territorio L. 18.620 jurisdiccional de los Juzgados de Letras del Trabajo, ART. PRIMERO conocerán de las materias señaladas en el artículo Art. 391 precedente, los Juzgados de Letras en lo Civil. L. 18.776 Art. 8°, N°6