Texto oficial
Artículo 15.- La derogación del artículo 15 del Código
del Trabajo aprobado por el artículo primero de la ley L. 19.250
18.620, dispuesta por el artículo 1°, N° 5, de la ley N° Art. 5°
19.250, en cuanto se refiere al trabajo minero subterráneo TRANSITORIO
relativo a las mujeres, entrará en vigencia el 17 de marzo
de 1996.