Texto oficial
Artículo 26°: Los miembros del Cuerpo Académico
regular de la Universidad tendrán, en el orden que se
indica, la jerarquía y la calidad de Profesor Titular,
Profesor Asociado, Profesor Asistente e Instructor.
Si no se desempeñan en jornada completa al servicio de
la Universidad serán adjuntos, con las mismas jerarquías
del inciso precedente.