Texto oficial
Artículo 27°: Los miembros del Cuerpo Académico no
regular de la Universidad, tendrán la calidad de Profesor
Emérito, Profesor Visitante, Investigador, Conferenciante y
otras que establezca el Reglamento de Carrera Académica.
Aprueba estatuto orgánico de la universidad de los lagos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3473 / 7113224.