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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece forma de instalacion y planta de personal;de la municipalidad de padre las casas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3480 / 8951829.

Texto oficial

Artículo 5°.- Para los efectos de la instalación de la Municipalidad de Padre Las Casas, y en virtud de lo señalado en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 19.391, corresponderá al Secretario Municipal de la Municipalidad de Temuco dar cumplimiento a las obligaciones que señala el artículo 72, y el Título IV, en relación al proceso de constitución del Consejo Económico y Social Comunal, de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.