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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece forma de instalacion y planta de personal;de la municipalidad de padre las casas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3480 / 8951830.

Texto oficial

Artículo 6°.- De conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 2° transitorio de la Ley N° 19.391, destínase un 80% del total del Fondo Común Municipal de la comuna de Padre Las Casas, correspondiente al año 1996, para financiar la instalación del respectivo municipio.