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Artículo 17 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Modifica el estatuto orgánico del servicio de impuesto internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3489 · idParte: 9083273

Texto oficial

Artículo 17.o- Las disposiciones contempladas en el presente decreto con fuerza de ley, los encasillamientos, e incorporaciones de personal a las Plantas del Servicio, tendrán vigencia a contar desde el 1.o de Enero de 1969.