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Artículo 30 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba estatuto orgánico universidad tecnica del estado

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3493 / 9083306.

Texto oficial

Artículo 30.o- Las autoridades unipersonales son mandatarias de la comunidad que las ha elegido. El Rector de la Universidad, los Vice-Rectores de Sedes, los Decanos de Facultades y Directores de Departamentos, son Presidentes de los Claustros y Consejos de sus respectivas comunidades y tienen a su cargo la ejecución de sus acuerdos.