Texto oficial
Artículo 4°.- El producto de las enajenaciones deberá reducirse del patrimonio de la empresa, mediante su retiro del capital social.
Establece normas y procedimientos para reducir patrimonios y efectuar retiros de capital, derivados de enajenacon de bienes, de las empresas que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3508 / 8252953.