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Artículo 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del estatuto orgánico del consejo de rectores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3512 / 8145059.

Texto oficial

Artículo 4°.- El Ministro de Educación Ley 18.369, Art. Pública formará también parte del Con- único, inciso 2°. sejo y lo presidirá. En caso de ausencia o impedimento, lo subrogará el Rector de la entidad que corresponda, según el orden de precedencia señalado en el artículo anterior.