Texto oficial
B.- De los Integrantes de los Consejos de Facultad
(Art. 30)
Artículo 30°.- Cada Consejo de Facultad está
constituido:
a) Por el Decano, quien lo preside;
b) Por los Directores de Departamentos que constituyan
la Facultad;
c) Por los Directores o representantes de los organismos
que sean parte de la Facultad, y
d) Por cuatro profesores de las dos más altas
jerarquías designados de acuerdo al Reglamento General de
Facultades y que durarán dos años en el ejercicio de sus
cargos.
Los Consejeros Académicos no pueden ser Directores de
la Junta Directiva.