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Artículo 39 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Estatuto de la universidad de playa ancha de ciencias de la educacion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3514 / 9032072.

Texto oficial

Artículo 39°.- El Prorrector es nombrado por el Rector previa aprobación de la Junta Directiva. Su remoción será facultad del Rector.