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Artículo 40 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Estatuto de la universidad de playa ancha de ciencias de la educacion

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3514 / 9032073.

Texto oficial

Artículo 40°.- Corresponde al Prorrector, colaborar y asesorar al Rector en materias propias de la función de éste y ejercer directamente aquellas atribuciones que el Rector le delegue.