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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Aprueba estatuto orgánico de la universidad tecnologica metropolitana

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3546 · idParte: 5858746

Texto oficial

Artículo 26°: El quehacer académico de la Universidad será complementado por organismos técnicos, administrativos y de servicios, los que podrán depender, tanto del Gobierno central de la Universidad, como de las Facultades o Institutos. Un Director General de Planificación asesorará al Rector en la elaboración de las políticas de desarrollo de la Universidad y de los planes de mediano y largo plazo destinados a materializarla.