Texto oficial
Art. 2511. El lapso de tiempo necesario para adquirir por L. 16.952
esta especie de prescripción es de diez años contra toda Art. 1°
persona, y no se suspende a favor de las enumeradas en el
artículo 2509.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil de la ley de matrimonio civil de la ley sobre registro civil, de la ley n° 7.613, que establece disposiciones sobre adopcion, de la ley n° 18.703, que dicta normas sobre adopcion de menores y deroga la ley n° 16.346, y de la ley n° 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3551 / 8899381.