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Artículo 12 (DEL ART. 1) del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Aprueba reglamento de operaciones aduaneras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3565 / 8253051.

Texto oficial

Artículo 12°- Toda mercancía que cause derechos, impuestos, tasas y gravámenes presentada al Servicio de Aduanas permanecerá bajo su potestad en los recintos habilitados hasta el momento de su retiro.