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Artículo 64 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Aprueba el texto de la ley general de servicios electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3606 / 7113963.

Texto oficial

Artículo 64.o La solicitud de permiso para establecer estaciones de radiocomunicaciones de experimentación o de aficionados deberá presentarse a la Dirección y en ella se indicarán: a) El nombre del peticionario; b) La clase de permiso que se solicita; c) La ubicación de la estación y su potencia; d) Tipos de características de la antena y del sistema de tierra. Se acompañará a la solicitud una memoria técnica y diagrama de conexiones de la estación.