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Artículo 98 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Aprueba el texto de la ley general de servicios electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3606 / 7113999.

Texto oficial

Artículo 98.o Todos los derechos concedidos en los artículos 85.o, 86.o y 87.o, se ejercerán plenamente, sin perjuicio de las acciones judiciales que hubieren pendientes.