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Artículo 3 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Establece normas para el funcionamiento y financiamiento del fondo de revalorizacion de pensiones de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3613 · idParte: 9032219

Texto oficial

Artículo 3° Para el mejor desempeño de sus funciones, la Comisión podrá requerir la Asesoría Técnica o Administrativa de cualquier organismo o miembro dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, como asimismo, todos los antecedentes que estime necesarios, a las instituciones, servicios y organismos dependientes del Estado.