Texto oficial
Artículo 13° Los recursos del Fondo de Revalorización
de Pensiones serán recaudados por la Caja de Previsión de
la Defensa Nacional, la cual los depositará en una cuenta
especial que para este efecto mantendrá en el Banco del
Estado de Chile. La Caja girará sobre esta cuenta para dar
cumpliemiento a las resoluciones de la Comisión
Revalorizadora y, en especial, para el pago de la
revalorización de las pensiones.