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Artículo 10 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Crea el servicio nacional del empleo en reemplazo del departamento del empleo y de la mano de obra de la direccion del trabajo; establece su organizacion, caracteristicas y atribuciones y fija las plantas de su personal

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 3655 · idParte: 9032276

Texto oficial

Artículo 10°- La administración del Servicio Nacional del Empleo estará a cargo de un Director que tendrá la representación judicial y extrajudicial del mismo y será el Jefe Superior del Servicio. El Director será de la exclusiva confianza del Presidente de la República.