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Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Modifica, complementa y fija texto refundido del d.f.l. r.r.a. n° 19, comunidades agricolas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3656 / 7114239.

Texto oficial

Artículo 13° Las objeciones que se formulen en el comparendo a la nómina de comuneros y a sus cuotas señaladas en el informe de la División serán resueltas por el Tribunal, aplicando lo dispuesto en los incisos segundo y siguiente del artículo 5°.