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Artículo 25 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Modifica, complementa y fija texto refundido del d.f.l. r.r.a. n° 19, comunidades agricolas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3656 / 7114251.

Texto oficial

Artículo 25° A las Comunidades Agrícolas constituídas y organizadas por esta ley, cuya solicitud hubiere sido aceptada por el Ministerio en conformidad con lo dispuesto en el artículo 3°, no les serán aplicables las disposiciones contenidas en el decreto ley N° 2.695, de 1979, ni ninguna otra norma de saneamiento dirigida a la constitución del dominio. INCISO SEGUNDO.- DEROGADO.- INCISO TERCERO.- DEROGADO.- INCISO CUARTO.- DEROGADO.- En todo caso, procederá regularizar mediante las normas del decreto ley N° 2.695, de 1979, el dominio de terrenos que, estando dentro del predio de la Comunidad, se encuentren en la situación que indican los artículos 22° y 40° del decreto ley 1.939, de 1977.