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Artículo QUINTO del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija normas sobre institutos profesionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3668 / 7114383.

Texto oficial

Artículo quinto: Se aplicarán a los Institutos Profesionales los artículos 3° a 8°, inclusive, del D.F.L. N° 1, de 1980.