Texto oficial
Artículo 29º: Del Subdirector Nacional dependerán los
siguientes departamentos:
a) Departamento de Tecnologías de Información y
Comunicaciones, y
b) Departamento de Gestión de la Información,
Atención de Usuarios y Estadísticas Sectoriales.
Al Subdirector Nacional le corresponderá:
a) Coordinar las acciones de las Subdirecciones y
Direcciones Regionales;
b) Administrar y coordinar los departamentos de su
dependencia y recursos asignados a éstos;
c) Proponer al Director Nacional las herramientas
informáticas y sistemas de comunicación que permitan hacer
la gestión del Servicio más eficiente;
d) Proponer al Director Nacional acciones y estrategias
tendientes a hacer más efectiva la recopilación de
antecedentes y la atención de usuarios;
e) Dirigir las comunicaciones internas y externas del
Servicio, y
f) Desempeñar las funciones que el Director Nacional
le delegue.