Texto oficial
Artículo 32º.- Corresponderá al Departamento de
Estudios y Planificación:
a) Elaborar y proponer los planes estratégicos
institucionales y de gestión anual, asistiendo a las
subdirecciones, departamentos y direcciones regionales en la
definición de indicadores y metas;
b) Ejecutar el plan integral de seguimiento de planes
estratégicos y de gestión, controlando el cumplimiento de
los objetivos y metas institucionales, en un marco de
eficiencia y calidad;
c) Coordinar y conducir la ejecución de los programas
de mejoramiento de la gestión;
d) Apoyar en los esfuerzos por promover el mejoramiento
continuo de la gestión institucional;
e) Efectuar análisis del entorno sectorial y de la
gestión institucional a objeto proponer mejoras a los
procesos;
f) Analizar el desarrollo de las labores del Servicio,
sus costos y productividad, para proyectar su eficiencia y
eficaz funcionamiento;
g) Efectuar los análisis y estudios requeridos por la
Dirección Nacional para la toma de decisiones;
h) Evaluar la efectividad e impacto de la normativa
pesquera y acuícola;
i) Proponer las cuentas anuales que el Director
Nacional deba rendir;
j) Analizar sistemáticamente información producida
por el entorno sectorial, de modo de generar acciones
oportunas y eficaces que permitan dar una adecuada respuesta
institucional;
k) Informar al Director Nacional sobre los productos
estratégicos u operacionales que no cumplan con los
requisitos que se han establecido, y
l) Recibir, responder o derivar las solicitudes de
atención de usuarios a través de los diferentes mecanismos
de atención.