Texto oficial
Artículo 29 B.- Del Subdirector de Pesquerías
dependerán los siguientes departamentos:
a) Departamento de Gestión de Programas de
Fiscalización Pesquera;
b) Departamento de Pesca Artesanal, y
c) Departamento de Pesca Industrial.
Al Subdirector de Pesquerías le corresponderá:
a) Asesorar al Director Nacional y demás órganos del
Servicio en materias técnicas, estratégicas y de
políticas sectoriales asociadas a las pesquerías;
b) Proponer al Director Nacional acciones y estrategias
tendientes a hacer más efectivas las actividades orientadas
a aumentar el cumplimiento de la normativa pesquera;
c) Proponer al Director Nacional los procedimientos de
fiscalización pesquera a los que se sujetarán las
Direcciones Regionales;
d) Coordinar y supervisar las acciones en materias
pesqueras de los departamentos que dependen de la
Subdirección;
e) Evaluar la gestión y grado de cumplimiento de las
Direcciones Regionales en materias inherentes a la
Subdirección;
f) Estudiar y proponer instrucciones para la
fiscalización de las normas que regulan las actividades
pesqueras y de aprovechamiento de recursos hidrobiológicos;
g) Proponer al Director Nacional sistemas y técnicas
de fiscalización pesquera, fijando metas y pautas de
acción a las Direcciones Regionales;
h) Implementar planes y programas de control aplicables
a las entidades de certificación de desembarque de capturas
y puertos habilitados para estos efectos;
i) Proponer al Director Nacional el plan nacional de
fiscalización de las actividades pesqueras;
j) Presentar al Director Nacional, para que éste
ejerza la facultad a que se refiere la letra a) del
artículo 28, propuestas de normas para la aplicación y
fiscalización de las leyes y reglamentos sobre pesca
conforme a su competencia;
k) Proponer normas, procedimientos administrativos y
operativos a los que deberá ajustarse la Subdirección;
l) Supervisar y evaluar las acciones de los
funcionarios de su dependencia y recursos asignados a la
Subdirección;
m) Controlar las imputaciones a las cuotas pesqueras
asignadas por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, y
n) Desempeñar las funciones que el Director Nacional
le delegue.