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Artículo 24 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley n° 2, de 1989, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3695 / 9032335.

Texto oficial

-Art. 46 letra o) Artículo 24°.- Los ley número 18.768 establecimientos -Art. 34° D.L. 3.476 educacionales de -Art. 31 DFL. N° 2/89 financiamiento -Art. 9 de la Ley compartido podrán N° 19.247 efectuar cobros VER NOTA 2.1 mensuales por alumno no mayores a 4 U.S.E. Para los efectos de este Título, se entenderá por cobro mensual promedio el valor que resulte de aplicar el artículo 33 de la presente ley.