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Artículo 26 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley n° 2, de 1989, sobre subvencion del estado a establecimientos educacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3695 / 9032337.

Texto oficial

-Art. 46 letra o) Artículo 26°.- La incorporación de ley número 18.768 un establecimiento educacional -Art. 42 inciso subvencionado a la modalidad de 1° financiamiento compartido, deberá -y 2° de D.L. formalizarse por escrito ante la 3.476 Secretaría Regional Ministerial de -Art. 33 DFL. N° Educación correspondiente antes 2/89 del 30 de agosto del año anterior a aquél en que se desea adoptar tal calidad. La Secretaria Regional Ministerial de Educación deberá reconocer la calidad de establecimiento educacional subvencionado en la modalidad de financiamiento compartido antes del 30 de septiembre.