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Artículo 42 del Decreto Con Fuerza de Ley 6

Nueva estructuracion de los servicios de la administración publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3701 / 8466605.

Texto oficial

Art. 42. Un decreto posterior determinará la dependencia de los diferentes abogados y organismos que desempeñan funciones de asesores jurídicos, como asimismo la de los abogados y organismos que ejercen funciones de defensa ante los Tribunales de Justicia.