Texto oficial
Artículo 4° El patrimonio del Servicio estará formado por los bienes que actualmente posee, por los aportes que se consulten anualmente en el Presupuesto de la Nación, de la Corporación de Fomento de la Producción y de los demás organismos del sector público, y por los bienes que adquiera el Servicio a cualquier título. Las utilidades que obtenga también ingresarán a su patrimonio.