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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 7

Aprueba el estatuto orgánico del instituto de seguros del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3741 / 8461283.

Texto oficial

ARTICULO 11° El Vicepresidente Ejecutivo será subrogado por el Gerente General y en caso de ausencia o impedimento de éste por el Fiscal. El subrogante tendrá las mismas obligaciones y facultades del titular.