Texto oficial
ARTICULO 51° Las asignaciones y los viáticos a que
tenga derecho el personal se regirán por el reglamento que
se dicte sobre el particular, previo acuerdo del Ministro de
Hacienda.
Aprueba el estatuto orgánico del instituto de seguros del estado
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3741 / 8461334.