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Artículo 52 del Decreto Con Fuerza de Ley 7

Aprueba el estatuto orgánico del instituto de seguros del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3741 / 8461335.

Texto oficial

ARTICULO 52° El empleado que fuere trasladado a un lugar distinto al de su actual residencia, tendrá derecho a las asignaciones que establece el decreto con fuerza de ley 338, de 1960.