Texto oficial
Artículo 3°.- La Dirección Nacional estará
constituida por las Subdirecciones Fiscalización, Jurídica
y Normativa y por las Subdirecciones y Departamentos que
establezca el Director con sujeción a la planta de personal
del Servicio.
Una de las Subdirecciones tendrá como objeto principal
desarrollar políticas y programas especiales destinados a
otorgar apoyo, información y asistencia a las empresas de
menor tamaño a que se refiere la ley N° 20.416, y a otros
contribuyentes de escaso movimiento económico, tales como
los señalados en el artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a
la Renta, con el objeto de facilitar su cumplimiento
tributario. Además, una de las Subdirecciones tendrá como
objeto principal la contraloría interna.