Texto oficial
Artículo 48°.- No se aplicará a los funcionarios del
Servicio las normas contenidas en los Párrafos 1 y 2 del
Título II del DFL. N° 338, de 1960.
Fija texto de la ley orgánica del servicio de impuestos internos y adecua disposiciones legales que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 3747 / 8481466.