Texto oficial
Artículo 50°.- La impresión, distribución, y venta
de las publicaciones del Servicio, se hará sin sujeción a
las disposiciones legales y reglamentarias que existen sobre
la materia, y su producto ingresará al presupuesto del
Servicio.
La propiedad intelectual de todos los documentos y
publicaciones del Servicio pertenecerán al Estado, sin
necesidad de cumplir con los requisitos que exige la ley N°
17.336.