Texto oficial
Art. 66°.- El Superintendente podrá proponer al Presidente de la República la designación de Aspirantes a Vistas, Vistas y Químicos, para que durante un tiempo determinado realicen cursos de especialización en industrias, en organismos técnicos públicos o privados y en Establecimientos de Investigación o Educación Superior, de acuerdo con sus aptitudes personales, a fin de que perfeccionen sus conocimientos sobre detererminadas materias que sean útiles al Servicio y que los habiliten como especialistas en ellas.